Prácticas Restaurativas
¿QUÉ SON LAS PRÁCTICAS RESTAURATIVAS?
Las Prácticas Restaurativas se han definido como una filosofía o un movimiento orientado a la conciliación antes que a la imposición de una sanción o pena de carácter retributivo. En consecuencia, se centra en la reparación del daño y en la reconciliación de las comunidades de una manera tal, que lo que importa no es el castigo, sino reparar las relaciones que se dañan a partir de un conflicto, de una conducta que infringe los acuerdos de una comunidad o por la comisión de un delito.
Si bien en Chile es más conocido su uso en el marco de la justicia, se han desplegado una serie de prácticas de conciliación y reparación en ámbitos muy diversos. “Dentro del Derecho Penal Juvenil se reconoce que los conflictos en general causados por menores de edad, así como el delito en específico causan heridas en la víctima, en las comunidades y en el mismo ofensor”.
Es posible observar que desde la Justicia Restaurativa, se despliegan una serie de Prácticas Restaurativas que han llevado a aplicar estos principios y estrategias en muy diversos ámbitos, tales como el escolar, comunitario, en prisiones, en conflictos de familia, justicia civil, entre otros.
Las prácticas enmarcadas en lo restaurativo extienden la idea de alcanzar una resolución de conflictos por medios pacíficos, que devuelvan a la paz a la comunidad o a las partes en conflicto. La hipótesis unificadora de estas prácticas es que el ser humano es más feliz, más cooperativo y productivo y más propenso a realizar cambios hacia mejorar su comportamiento cuando la gente que le rodea hace cosas con ellos en lugar de para ellos o por ellos (en su lugar)
Entre las Prácticas Restaurativas de mayor uso se encuentran:
- Mediación
- Círculos restaurativos, Círculos de sentencia
- Servicios en Beneficio de la Comunidad
- Conferencias de grupos familiares
Si bien las Prácticas Restaurativas son una tradición de larga data, su uso estructurado en un modelo de justicia y/o resolución de conflictos es mas reciente (década de los setenta). Algunos estudios han permitido evaluar las ventajas del uso de este tipo prácticas con adolescentes y adultos. En general, es posible señalar que la justicia restaurativa y las prácticas que de ella se deducen presentan ventajas para los que han sido victimas de una ofensa, como para aquellos que han ofendido.
Un proceso restaurativo aumenta las posibilidades de reconocer a la víctima de la ofensa y responsabiliza al adolescente de sus propias conductas. Además indica que para el desarrollo de estas prácticas resulta necesario capacitar al personal lo que incluye por ejemplo, policías, educadores, magistrados, entre otros.
Para más información: http://www.iirp.org/
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